La huelga de los tripulantes de cabina de Ryanair, del 25 y 26 de julio, ha implicado la cancelación de aproximadamente 600 vuelos, 300 de ellos con origen en España. Flightright pone en manos de los usuarios los derechos que les asisten de cara a estas próximas jornadas.
Madrid, 24 de Julio de 2018 – La huelga de tripulantes de cabina de Ryanair, convocada para mañana 25 y para el miércoles 26 de julio implicará la cancelación de aproximadamente 600 vuelos —más de 300 de ellos con origen en España— y afectará a 100.000 usuarios de toda Europa. La cifra se traduce en el 24% de los vuelos diarios previstos hacia o desde los aeropuertos españoles.
De acuerdo a los servicios mínimos decretados por el Ministerio de Fomento, Ryanair deberá garantizar el 100% de los vuelos domésticos a las islas durante los dos días de huelga, entre el 35% y el 59% de las rutas a ciudades españolas y el 59% de los vuelos a ciudades extranjeras.
Según datos de Flightright, portal internacional líder en la defensa de los pasajeros aéreos, en lo que va de año Ryanair ha operado casi 65.000 vuelos desde España, presentando una tasa de cancelaciones inferior a la media nacional (0’92% de cancelaciones frente al 1,01% de media nacional), y una tasa de retrasos significativos (más de 3 horas) del 0’57% (media nacional 0’58%). Durante el mes de julio de 2017, la compañía aérea operó alrededor de 13.000 vuelos desde España, presentando un 0’04% de cancelaciones y un 0’89% de retrasos de más de 3 horas (la media nacional fue de un 0,36% y un 0,69% respectivamente).
Flightright, portal internacional líder en la defensa de los derechos de los pasajeros aéreos, han elaborado una serie de recomendaciones para estos usuarios, que, como dicta la normativa europea (Reglamento 261/2004), en determinados casos de huelga tienen derecho a una indemnización y en todas y cada una de ellas, derechos básicos dentro y fuera del aeropuerto.
“Durante una huelga, lo primero que debe saber el usuario es que puede modificar o cancelar su billete de manera totalmente gratuita y que le asisten una serie de derechos fundamentales que las compañías aéreas deben respetar” explica Laure Marc Martínez, Marketing Manager Internacional de Flightright y portavoz de la compañía en España. “Si la huelga es inherente a la compañía aérea, según la normativa que aplica en España, el pasajero puede tener, además, derecho a una indemnización.”.
Los derechos básicos en el aeropuerto, independientemente del tipo de huelga, son siempre:
Transporte. La compañía aérea debe ofrecer un medio de transporte alternativo. Para destinos nacionales, puede ser en tren o autobús.
Manutención. La compañía aérea debe proporcionar comida y bebida a los pasajeros afectados por retrasos superiores a 2 horas.
Alojamiento. Si el vuelo se cancela o se retrasa hasta el día siguiente, la compañía aérea debe hacerse cargo del alojamiento de los pasajeros en un hotel, así como del transporte de ida y vuelta a éste.
Comunicación. La compañía aérea debe ofrecer a los pasajeros afectados la posibilidad de comunicarse con sus allegados, bien por teléfono, por fax o por email.